El 11 de julio de 2014 apareció publicada en el Boletín oficial francés la Ley 2014-790 de 10 julio de 2014 de lucha contra la competencia social desleal.
Dicha ley prevé en su artículo 15 la prohibición a los conductores de tomar el descanso semanal normal (el de 45 Horas) en el interior del camión.
Los empresarios deben velar según la nueva ley para que la Organización de Trabajo de los conductores les permita tomar el descanso semanal normal fuera del vehículo.
Se prohíbe asimismo remunerar a los conductores en función de la distancia recorrida o del volumen de mercancía transportada puesto que ese tipo de remuneración puede comprometer la Seguridad en carretera o promover la comisión de infracciones al Reglamento 561/2006.
La misma ley de 10 de julio de 2014, preve para el incumplimiento de estas obligaciones una multa de hasta un año de carcel y hasta 30.000 € de multa.
Dicha norma exigiría dar a los conductores alojamiento y comida en hoteles y además organizar la protección de los camiones sin la presencia de los conductores, lo que supone un claro detrimento contra los conductores de empresas extranjeras a los que se incrementa sus costes de explotación.
Todavía no se sabe cómo se realizaran los controles y el importe exacto de la consignación que deberán pagar las empresas extranjeras que sean sancionados por este motivo.