VARIOS COLECTIVOS PIDEN AL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA LA DEVOLUCION DE LAS MULTAS DE LA ZONA DE BAJAS EMISIONES
La ZBE se anuló en primera instancia por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, después el Tribunal Supremo ratificó la anulación y rechazo los recursos presentados por el Ayuntamiento de Barcelona, Área Metropolitana y Generalitat. La primera sentencia ya señalaba que la ZBE se deberían haber suspendido, pero no se hizo.

La sentencia del TS critica la arbitrariedad con la que se aplicó esta norma, ya que no estableció acotar las ZBE en metros cuadrados o kilómetros, sino en conseguir unos objetivos marcados por la normativa europea. Actualmente en Barcelona solo hay tres puntos que superan los niveles exigidos: La zona portuaria (donde no se establece ninguna actuación, pero es la más polucionada) y los distritos de Eixample y Gracia. El resto de los diez distritos cumplen normativa.

Esta sentencia debería ayudar a que las normativas que regulen esta cuestión sean medidas estudiadas, proporcionadas, tengan una base y ofrezcan alternativas.

El Ayuntamiento está obligado a retornar el importe de las multas a los sancionados a raíz de la ordenanza tumbada por la Justicia, aunque dichas devoluciones no se han producido a día de hoy.

El Ayuntamiento no ha concretado si se ha procedido a la devolución de las multas derivadas de la ordenanza de la ZBE previa a su modificación.

En caso de que no se llevara a cabo el retorno de las sanciones, los afectados podrían recurrir a la vía judicial para reclamar los importes.
 
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