
Ha quedado prorrogado el régimen de módulos y el límite de facturación anual situado en los 125.000 euros, tanto en IRPF como en IVA, por séptimo año consecutivo.
En fecha 19 de diciembre se publicó la Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido, más conocido como el régimen de módulos.
A diferencia del año pasado, en que se elevó la reducción general en el rendimiento neto excepcionalmente al 15% para ayudar a los autónomos a amortiguar el impacto de la actual situación económica, para este año 2024 queda establecida en el 5% sobre el rendimiento neto de los módulos.
La Orden HFP/1359/2023 establece también los importes económicos de los módulos de las diferentes actividades empresariales acogidas a dicho régimen, entre las que se encuentran las diferentes actividades del transporte por carretera, manteniendo idénticos importes a los que se han venido aplicando también los años anteriores, tanto en lo que se refiere a personal empleado y capacidad de los vehículos como al límite máximo de vehículos de transporte que pueden incluirse en dicho régimen, que continúa establecido en:
Posteriormente, mediante Real Decreto-Ley, de 27 de diciembre, se establece el límite máximo de facturación anual para poder continuar acogido al régimen de módulos en 2024, que queda establecido en 125.000 euros para el transporte.
Se prevé que el 2024 será el último año en el que previsiblemente se aplique el régimen de módulos, porque el Gobierno se ha comprometido a sustituirlo en 2025 por un nuevo régimen de tributación simplificada conforme a lo establecido en las Directivas europeas sobre fiscalidad.
En fecha 19 de diciembre se publicó la Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido, más conocido como el régimen de módulos.
A diferencia del año pasado, en que se elevó la reducción general en el rendimiento neto excepcionalmente al 15% para ayudar a los autónomos a amortiguar el impacto de la actual situación económica, para este año 2024 queda establecida en el 5% sobre el rendimiento neto de los módulos.
La Orden HFP/1359/2023 establece también los importes económicos de los módulos de las diferentes actividades empresariales acogidas a dicho régimen, entre las que se encuentran las diferentes actividades del transporte por carretera, manteniendo idénticos importes a los que se han venido aplicando también los años anteriores, tanto en lo que se refiere a personal empleado y capacidad de los vehículos como al límite máximo de vehículos de transporte que pueden incluirse en dicho régimen, que continúa establecido en:
- cuatro vehículos para transporte de mercancías
- cinco vehículos para el transporte de mensajería
- tres vehículos en el caso del transporte en autotaxi
- cinco vehículos en el caso de transporte de viajeros en autobús
Posteriormente, mediante Real Decreto-Ley, de 27 de diciembre, se establece el límite máximo de facturación anual para poder continuar acogido al régimen de módulos en 2024, que queda establecido en 125.000 euros para el transporte.
Se prevé que el 2024 será el último año en el que previsiblemente se aplique el régimen de módulos, porque el Gobierno se ha comprometido a sustituirlo en 2025 por un nuevo régimen de tributación simplificada conforme a lo establecido en las Directivas europeas sobre fiscalidad.