
En el BOE de hoy se ha publicado una importante modificación del Reglamento General de Vehículos que introduce cambios clave para los profesionales del transporte por carretera. La Orden PJC/780/2025, actualiza los anexos II, IX, X y XVIII.
Incremento de la MMA: hasta 44 toneladas
Una de las medidas más destacadas es la autorización progresiva del uso de vehículos de hasta 44 toneladas para transporte de mercancías:
¿Tiene que constar en la ITV que el vehículo puede transportar 44 toneladas?
NO, inicialmente no es obligatorio
Los vehículos pueden circular dentro del territorio nacional con las nuevas masas máximas autorizadas (por ejemplo, 44 toneladas) sin necesidad de que estas consten en la tarjeta ITV, siempre que:
Nuevos límites de dimensiones
Una de las grandes simplificaciones: ya no se requerirá autorización específica para conjuntos euro-modulares como los Eco Combi y Duo Tráiler. Eso sí:
Cambios técnicos y administrativos
Entrada en vigor
El aumento de masas entrará en vigor a los tres meses de la publicación del BOE, es decir, el 23 de octubre de este año. Salvo para los vehículos cisternas, en los que tardará seis meses en aplicarse, el 23 de enero de 2026.
El resto de modificaciones –entre las que está un aumento de la altura máxima hasta los 4,5 metros en distintos tipos de transporte y la simplificación en el uso de vehículos euromodulares de hasta 32 metros y 72 toneladas– entran en vigor este mismo jueves, al día siguiente de la publicación de la medida.
¿Qué pasa con las autorizaciones actuales?
Incremento de la MMA: hasta 44 toneladas
Una de las medidas más destacadas es la autorización progresiva del uso de vehículos de hasta 44 toneladas para transporte de mercancías:
- Se aplica a vehículos articulados con 5 o más ejes y trenes de carretera con vehículo de motor de 3 ejes más remolque de 2 o 3 ejes.
- En el caso del transporte de madera en rollo, se permiten hasta 52 o 57 toneladas dependiendo de la configuración del vehículo.
Tipo de Vehículo / Configuración | M.M.A (t) | Condiciones clave |
Vehículo articulado (5 o más ejes) | 44 | Combinación de 2 ejes motor + semirremolque de 3 ejes, o 3+2. |
Trenes de carretera (5 o más ejes) | 44 | Vehículo de 3 ejes + remolque de 2 o 3 ejes. |
Transporte de madera en rollo (5 ejes) | 52 | Recorridos ≤ 150 km o entre provincias limítrofes. |
Transporte de madera en rollo (6 o más ejes) | 57 | Recorridos ≤ 150 km o entre provincias limítrofes. |
Conjuntos euro-modulares (Duo Tráiler, Eco Combi) | 72 | Sujetos a requisitos técnicos, red de itinerarios autorizados. |
¿Tiene que constar en la ITV que el vehículo puede transportar 44 toneladas?
NO, inicialmente no es obligatorio
Los vehículos pueden circular dentro del territorio nacional con las nuevas masas máximas autorizadas (por ejemplo, 44 toneladas) sin necesidad de que estas consten en la tarjeta ITV, siempre que:
- Su masa máxima técnicamente admisible (según ficha técnica del fabricante) ya sea igual o superior a esas 44 toneladas.
- Estén dentro del plazo hasta su siguiente inspección técnica periódica (ITV).
- Se establece una altura máxima de 4,5 metros para:
- Transporte de paja.
- Transporte de animales vivos.
- Suministros de proveedores a industrias en distancias < 50 km.
Tipo de Vehículo | Altura Máxima (m) |
Transporte de animales vivos | 4,5 |
Transporte de paja o forraje | 4,5 |
Suministro a industrias (< 50 km) | 4,5 |
Autobús clase I (urbano) | 4,2 |
- La longitud máxima de conjuntos euro-modulares pasa a ser de hasta 32 metros, lo que favorece el uso de Duo Tráiler y otras configuraciones avanzadas.
Una de las grandes simplificaciones: ya no se requerirá autorización específica para conjuntos euro-modulares como los Eco Combi y Duo Tráiler. Eso sí:
- La Jefatura Central de Tráfico determinará los requisitos técnicos y de circulación mediante resolución publicada en el BOE.
- Se definirá una red de itinerarios habilitados por cada administración competente.
Cambios técnicos y administrativos
- Se actualizan definiciones técnicas clave: masa en orden de marcha, ejes retráctiles, cargas indivisibles, etc.
- Cambios en la luz de posición delantera (ahora puede ser blanca o ámbar) para motocicletas, triciclos y ciclomotores.
- Se permite matrícula delantera opcional para cuatriciclos.
Entrada en vigor
El aumento de masas entrará en vigor a los tres meses de la publicación del BOE, es decir, el 23 de octubre de este año. Salvo para los vehículos cisternas, en los que tardará seis meses en aplicarse, el 23 de enero de 2026.
El resto de modificaciones –entre las que está un aumento de la altura máxima hasta los 4,5 metros en distintos tipos de transporte y la simplificación en el uso de vehículos euromodulares de hasta 32 metros y 72 toneladas– entran en vigor este mismo jueves, al día siguiente de la publicación de la medida.
¿Qué pasa con las autorizaciones actuales?
- Las autorizaciones vigentes para conjuntos euro-modulares siguen siendo válidas hasta su vencimiento.
- La anotación de las nuevas masas máximas en ITV se hará en la primera inspección periódica, y se actualizarán los permisos de circulación conforme a ello.