A partir de 1 de enero de 2020, los transportistas deben renovar las tarjetas de transporte de mercancías con las nuevas condiciones establecidas en el Reglamento de la Ordenación de los Transportes Terrestres.
El visado de autorizaciones de transporte es el trámite mediante el cual la Administración renueva la tarjeta o autorización de transporte, así como sus copias, previa comprobación de la documentación que acredita que el transportista cumple con los requisitos exigidos en el artículo 43 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y que están desarrollados en el ROTT.
Desde inicios del año 2019, las tarjetas físicas han desaparecido, por lo que ya no es obligatorio llevar una copia de las mismas en el vehículo.
Las autorizaciones que se expiden con una vigencia de 2 años se renuevan en los años pares. En 2020 corresponde visar las autorizaciones de transporte público de mercancías en vehículos de más de dos toneladas de masa máxima autorizada y las de agencia (operador de transporte).
Las autorizaciones tendrán que renovarse en el mismo mes en el que vencen ya que, de lo contrario, la norma obliga a dejarlas que caduquen para rehabilitarlas después.
Además, los titulares de las autorizaciones deben solicitar la renovación en el mes que les corresponda en función del número en que termine su NIF. Por ejemplo, en enero corresponde a las terminaciones en 1, y así sucesivamente hasta julio. Como en agosto y diciembre no hay renovaciones, el listado adjudica a septiembre el 8, a octubre el 9 y a noviembre el 0.