La Agencia Tributaria devolverá 4,9 millones céntimos/litro en concepto de gasóleo profesional a aquellos transportistas dados de alta como beneficiarios del gasóleo profesional. La declaración de los kilómetros recorridos en 2018 por vehículos beneficiarios del gasóleo deben hacerla antes del 31/03/2019.
Recordamos que, para ser beneficiario de esta devolución, hay que ser titular de camiones de más de 7,5 Tn. de MMA (también taxis, autobuses). No se beneficiarán los camiones de hasta 7,5 Tn. de MMA, estar dado de alta en la Agencia Tributaria como beneficiario y repostar el gasóleo profesional con una tarjeta que se emite específicamente para este repostaje o tener suministro propio en las bases de transportistas siempre que sean legales.
Ahora la devolución será igual en todas las Comunidades Autónomas y se devolverá en 2019 (a 4,9 céntimos/litro, correspondiente a 0,1 céntimo el litro), con el límite de 50.000 km´s por camión y año.
Recordamos que, para ser beneficiario de esta devolución, hay que ser titular de camiones de más de 7,5 Tn. de MMA (también taxis, autobuses). No se beneficiarán los camiones de hasta 7,5 Tn. de MMA, estar dado de alta en la Agencia Tributaria como beneficiario y repostar el gasóleo profesional con una tarjeta que se emite específicamente para este repostaje o tener suministro propio en las bases de transportistas siempre que sean legales.
Ahora la devolución será igual en todas las Comunidades Autónomas y se devolverá en 2019 (a 4,9 céntimos/litro, correspondiente a 0,1 céntimo el litro), con el límite de 50.000 km´s por camión y año.