Los vehículos de más de 40 toneladas Euro IV y Euro V no pueden hacer servicios de cabotaje en territorio francés debido a las políticas medioambientales europea.
Previsto en la Ley de 2014, desde el pasado 01 de octubre, este tipo de vehículos no pueden hacer servicios de cabotaje en territorio Francés pero sí podrán realizar trayectos de transporte internacional, transitando o bien con origen y destino en Francia.
La multa por su incumplimiento puede ser de hasta 15.000€, inmovilización de los vehículos que no lo cumplan incluso se puede decretar prohibición de realizar servicios de cabotaje para los transportistas infractores durante un periodo máximo de un año.
No hay que olvidar la aplicación de la Ley Macron, ya que obliga a todas las empresas transportistas que realicen operaciones de cabotaje en Francia y no tengan una sede allí. Para evitar “males mayores”, recordamos las exigencias de la Ley:
-Indicar y designar un representante legal en Francia.
-Disponer de certificado de desplazamiento en Francia.
-Cumplimentar y llevar consigo la documentación exigida, tanto conductor como representante legal.
-En caso de que el conductor tenga un salario mínimo interprofesional, subir el sueldo por encima del mínimo francés.
Por tanto, si aún no se cumplen con las obligaciones exigidas para realizar cabotaje en Francia de acuerdo a la normativa, es recomendable formalizar la situación para evitar sanciones al conductor y empresa que pueden llegar a los 4.000€.
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