A menos de 15 días de la entrada en vigor todavía se plantean muchas dudas sobre la aplicación del Decreto 2016-418 de 7 de abril que afecta a los trabajadores de empresas de transporte que realicen operaciones de cabotaje y operaciones de carga y descarga en Francia, aunque sí parece claro que no afectara a los transportes en tránsito.

La norma entrara en vigor el 1 de julio de 2016, si bien la administración francesa asegura que durante un periodo ira informando a las empresas inspeccionadas antes de empezar a sancionar por incumplimiento de la normativa, pero sin aclarar cuanto durara este periodo. Circular sin llevar a bordo el certificado de desplazamiento o que no esté correctamente cumplimentado podrá ser sancionado con una multa de 750 €. También deberá llevarse a bordo del vehículo una copia del contrato de trabajo.

Las empresas deberán cumplimentar un certificado de desplazamiento por cada trabajador desplazado, con una validez máxima semestral. A fecha de hoy todavía no se ha publicado el modelo definitivo que deberá utilizarse, pero en la página web del ministerio encargado de transportes podemos encontrar el borrador que adjuntamos. Insistimos se trata de un borrador no es definitivo, puede modificarse antes de la entrada en vigor

Según el Decreto 2016-418 los datos que debe contener el certificado de desplazamiento son los siguientes:

  • Datos de la empresa (nombre, dirección completa, teléfono, correo electrónico, referencia del registro en el registro electrónico nacional de empresas de transporte por carretera)
  • Nombre del organismo encargado de recaudar las cotizaciones de la seguridad social.
  • Datos del dirigente/s de la sociedad ( nombre y apellidos, lugar y fecha de nacimiento)
  • Datos del representante en Francia de la empresa ( nombre o razón social, dirección en Francia, teléfono, email)
  • Gastos de viaje, de manutención y de alojamiento por día de desplazamiento
  • Datos del trabajador (nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, dirección, fecha del contrato de trabajo, derecho de trabajo aplicable al contrato de trabajo, cualificación profesional, salario hora bruto)

Según el borrador publicado es necesario nombrar un representante con domicilio en Francia, pero ayer la Comisión Europea decidió iniciar acciones contra Francia por las consecuencias de la aplicación de la Ley del salario mínimo, entre otros motivos porque afecta a la libre prestación de servicios, por lo que aún es posible que Francia rectifique igual que lo hizo Alemania en su día y no obligue a nombrar un representante en Francia.

ASG Trans tiene un preacuerdo con un despacho de abogados Francés para poder designarlo como representante en el supuesto que finalmente Francia no rectifique y sea necesario nombrar un representante con domicilio en Francia.

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