Tanto la Dirección General de Tráfico como el Gobierno vasco, han levantado gran parte de las restricciones de circulación a vehículos pesados previstas para semana santa, en cambio el Servei Català de Trànsit mantendrá vigentes las restricciones de circulación que se pueden consultar en el siguiente enlace:
http://transit.gencat.cat/es/informacio_viaria/professionals_del_transport/mesures_especials_de_regulacio_del_transport/index.html
El mantenimiento del estado de alarma y los confinamientos perimetrales establecidos por las Comunidades Autónomas que no hace previsible desplazamientos masivos ni elevadas concentraciones de vehículos, es lo que ha motivado el levantamiento de las restricciones a la circulación por la Dirección General de Tráfico, durante el periodo comprendido entre el viernes 26 de marzo y el lunes 5 de abril de 2021 (ambos incluidos). Se exceptúan de este levantamiento de restricciones las carreteras fronterizas con Francia en los siguientes días:
El levantamiento de las restricciones anteriores, no afectará y se deberán seguir cumpliendo las restricciones por itinerario previstas en apartado B.2.2 de la citada resolución y las restricciones comunes y específicas contempladas en el anexo V, para los vehículos afectadas por ellas (Mercancías peligrosas, grúas de elevación, maquinaria de servicio automotriz y transportes especiales).
El transporte de mercancías peligrosas, las grúas de elevación y la maquinaria de servicio automotriz, se encuentra restringida su circulación en las siguientes fechas y horas en todas las carreteras de las Comunidades Autónomas de:
Los vehículos que precisen autorización complementaria de circulación al superarlas masas o dimensiones máximas permitidas, se encuentra restringida su circulación en las siguientes fechas y horas en todas las carreteras de las Comunidades Autónomas de:
http://transit.gencat.cat/es/informacio_viaria/professionals_del_transport/mesures_especials_de_regulacio_del_transport/index.html
El mantenimiento del estado de alarma y los confinamientos perimetrales establecidos por las Comunidades Autónomas que no hace previsible desplazamientos masivos ni elevadas concentraciones de vehículos, es lo que ha motivado el levantamiento de las restricciones a la circulación por la Dirección General de Tráfico, durante el periodo comprendido entre el viernes 26 de marzo y el lunes 5 de abril de 2021 (ambos incluidos). Se exceptúan de este levantamiento de restricciones las carreteras fronterizas con Francia en los siguientes días:
El levantamiento de las restricciones anteriores, no afectará y se deberán seguir cumpliendo las restricciones por itinerario previstas en apartado B.2.2 de la citada resolución y las restricciones comunes y específicas contempladas en el anexo V, para los vehículos afectadas por ellas (Mercancías peligrosas, grúas de elevación, maquinaria de servicio automotriz y transportes especiales).
- MERCANCÍAS PELIGROSAS, GRUAS DE ELEVACIÓN Y MAQUINARIA DE SERVICIO AUTOMOTRIZ:
- Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla la Mancha, Castilla León, Extremadura, Galicia, Madrid y Región de Murcia.
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- Islas Baleares, Navarra y La Rioja.
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- Comunidad Valenciana y Cataluña
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- País Vasco
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- VEHÍCULOS QUE PRECISAN AUTORIZACIÓN COMPLEMENTARIA DE CRICULACIÓN AL SUPERAR LAS MASAS O DIMENSIONES MÁXIMAS PERMITIDAS (TTES. ESPECIALES).
Los vehículos que precisen autorización complementaria de circulación al superarlas masas o dimensiones máximas permitidas, se encuentra restringida su circulación en las siguientes fechas y horas en todas las carreteras de las Comunidades Autónomas de:
- Andalucía (excepto en la provincia de Jaén), Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla León, Extremadura, Galicia, Madrid y Región de Murcia.
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- Castilla La Mancha, Islas Baleares, Navarra, La Rioja y provincia de Jaén.
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- Comunidad Valenciana y Cataluña
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- País Vasco
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