LA JUSTICIA EUROPEA OBLIGA A PORTUGAL A DEVOLVER EL IMPORTE RECAUDADO EN UN IMPUESTO A LOS CARBURANTES
Al igual que ocurrió en España con el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, denominado “céntimo sanitario”, el Alto Tribunal europeo ha fallado en contra de la denominada “contribución por el servicio vial”, un impuesto creado por el Gobierno portugués en 2007 a través de un recargo sobre los combustibles y destinado a financiar el mantenimiento de la red viaria del país vecino, lo que ha permitido recaudar más de 600 millones de euros anuales. Ahora que la Justicia europea lo ha anulado se abre la posibilidad de que los transportistas españoles reclamen por los suministros realizados en Portugal durante los últimos 4 años.

Este impuesto se ha venido aplicando a los consumos del diésel, la gasolina y el gas licuado de petróleo, consistente en un recargo de 11 céntimos por litro en el caso del gasóleo, de 8´7 céntimos en el caso de la gasolina y de 12 céntimos en el caso el GLP.

Ante la previsión de un posible fallo en contra del Alto Tribunal europeo, el Gobierno portugués derogó dicha contribución en diciembre de 2022, incorporando su importe al impuesto sobre hidrocarburos, de modo similar a como lo resolvió el Gobierno español en el caso del céntimo sanitario.
Al igual que ocurrió en España, tras la resistencia inicial del Estado portugués a reembolsar la contribución declarada ilegal, han tenido que ser diversos pronunciamientos del Tribunal Arbitral luso los que han ordenado a realizar dichas devoluciones, lo que abre la posibilidad a los transportistas y otros consumidores afectados a presentar sus reclamaciones por las cantidades pagadas en los últimos cuatro años, así como a exigir los correspondientes intereses de demora.

Por ello, las empresas de transporte pueden iniciar el procedimiento administrativo ante la Autoridad Tributaria portuguesa para solicitar el reembolso de las cantidades pagadas.
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