A principio de 2016, se produjo un cambio de interpretación en Francia sobre la pausa de los 45 minutos en los supuestos de conducción en equipo, que derivo en la imposición de elevadas sanciones. Desde nuestro Departamento Jurídico nos dirigimos a las autoridades francesas, al Ministerio de Fomento, y a la comisión europea para defender los derechos de nuestros clientes.

Aunque la respuesta de ninguno de los organismos fue tan rápida como hubiera sido deseable, en junio de este año y tras mucha insistencia conseguimos que el Ministerio competente “Ministère de L’Environnement, de l’energi et de la Mer” emitiera una carta informando que continua vigente la nota quía número 2, que permite que la pausa de 45 minutos pueda hacerse con el vehículo en marcha. Por lo que retrocedía en el cambio de interpretación.

Ahora es la comisión Europea quien ha contestado a la queja planteada informando que Francia ha rectificado en su interpretación y va a archivar los expedientes iniciados. Lamentablemente nos consta que no lo está haciendo de oficio por lo que hay que comparecer ante el Tribunal y solicitar la devolución, en algunos casos incluso han llegado a dictar resoluciones confirmando las sanciones que han sido recurridas por nuestro Departamento Jurídico.

Adjuntamos copia de la respuesta de la Comisión Europea

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