El objetivo principal del Protocolo firmado entre el Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Transportes es potenciar la eficacia de los mecanismos de control y reforzar los instrumentos de disuasión y de reacción frente a conductas que generan competencia desleal, desprotección social de los trabajadores y evasión de cotizaciones sociales.

En dicho Protocolo se ha priorizado el control de aquellas empresas que no tengan a todos sus conductores dados de alta en la Seguridad Social o cursen fraudulentamente sus altas en otros estados miembros de la Unión Europea mediante la creación de estructuras empresariales sin actividad real, contraten a conductores a tiempo parcial cuando realizan jornada completa o bien utilicen falsos autónomos. Algunas administraciones con competencias en materia de transportes, ya vienen comprobando de oficio desde hace un tiempo al iniciar un procedimiento sancionador por vulneración de la Ley de ordenación del transporte terrestre, que el conductor se encuentra dado de alta en la seguridad social en la empresa titular del vehículo con el que fue sancionado. 

El objeto, por tanto, del protocolo es detectar prácticas como las usadas con las “falsas Cooperativas” u otras que pudieran surgir. Se prestará especial atención a aquellas empresas, denominadas empresas buzón, que han desarrollado regímenes de empleos complejos sin actividad económica real en el país donde tiene su sede y donde contratan a los trabajadores, pero con actividad en otros Estados miembros de la Unión Europea donde realmente prestan sus servicios, utilizando fraudulentamente la figura de los desplazamientos transnacionales u otras figuras de movilidad intracomunitaria para eludir las normas que resultan de aplicación.

Además, el protocolo prevé el intercambio o cruce de bases de datos entre las distintas inspecciones, dentro del respeto a la ley de protección de datos de carácter personal, con el fin de conseguir una mejor localización de posibles bolsas de fraude, en aras de la eficacia de la actividad inspectora.
Se impartirán los cursos de formación necesarios entre el personal adscrito a ambas Inspecciones, a fin de que cada una de ellas tenga un mayor conocimiento de la documentación que se pueda examinar y desarrollen unas mejores prácticas en el ejercicio de su función.
 
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