Formulario A1 en Francia a partir del 1 de abril: para conductores asalariados y transportistas autónomos

 

En aplicación del artículo 27 de la LOI n° 2016-1827 du 23 décembre 2016 de financement de la sécurité sociale pour 2017 publicada en el JO francés del 24/12/2016, parece derivarse la obligación de llevar en el vehículo el modelo A1. Las autoridades no han confirmado que sea obligatorio presentarlo en caso de control en carretera, pero ante la falta de concreción recomendamos que se solicite y se lleve en el vehículo.

En consecuencia, a partir del 1 de abril de 2017 recomendamos llevar a bordo del vehículo el modelo A1 que deberá acompañarse, en el caso de conductores asalariados, de la copia del contrato de trabajo y del certificado de desplazamiento de conductor, exigencias generadas con la entrada en vigor de la Ley Macron. Les recordamos que ASG Trans a través de su domicilio en Paris, le ofrece el servicio de representación para el cumplimiento de dicha ley de forma directa.

En el caso de trabajadores españoles para que la Tesorería de la Seguridad Social emita dicho formulario A1 las empresas deben cumplimentar y presentar previamente el modelo de documento TA-300 que adjuntamos, un trámite administrativo que obligatoriamente deberá realizarse para cada uno de los trabajadores por cuenta ajena desplazados y que requiere que se especifiquen los países de desplazamiento. No es posible por el momento realizar el trámite telemáticamente, hay que hacerlo presencialmente en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para los transportistas autónomos el modelo de documento a cumplimentar TA-300 es el mismo que para los conductores asalariados.

Las empresas pueden simplificar la tramitación de los modelos TA-300 cumplimentando los mismos por periodos máximos de doce meses, al término de los cuales deberá procederse a su renovación con el fin de obtener de nuevo los formularios A1, y también pueden indicar que el desplazamiento se efectuara por todos los países de la UE.

Cuando por cualquier motivo los trabajadores asalariados causen baja en las plantillas, las empresas deberán tener en cuenta que los formularios A1 a su nombre dejarán de tener vigencia coincidiendo con la fecha de baja.

Por otro lado le recordamos que es necesario que trabajadores y autónomos soliciten al INSS la correspondiente tarjeta sanitaria europea, que en caso necesario asegura a los titulares de las mismas las prestaciones médicas y hospitalarias gratuitas en cualquier país del ámbito comunitario.

Documentos adjuntos
Modelo TA300
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