EL MITMA INSPECCIONARA EN 2023 EL CUMPLIMIENTO DE LAS NOVEDADES LEGISLATIVAS
La subdirectora General de Inspección de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, presentó el pasado lunes a las asociaciones nacionales de transportistas el Plan Nacional de Inspección del sector del transporte por carretera para el año 2023.

Este Plan priorizará en 2023 la inspección de transportes por carretera en las novedades legislativas, en concreto la lucha contra la morosidad, el control de los precios del transporte, el cumplimiento de la prohibición de carga y descarga y las empresas buzón deslocalizadas que operan en España, además de los otros ámbitos que ya viene inspeccionándose en años anteriores.

La lucha contra la morosidad en el ámbito del transporte de mercancías por carretera constituye una de las prioridades de la Inspección de Transportes, ya que influye negativamente en la liquidez de las empresas, complicando su gestión financiera y afectando a su competitividad y rentabilidad. Su control será uno de los objetivos tras la introducción de nuevos tipos infractores por la normativa aprobada, la ley 13/2021.

El precio convenido del transporte, así como el importe de los gastos relacionados, que deberán cubrir el total de los costes efectivos, es uno de los controles establecidos por el Real Decreto Ley 14/2022, de 1 de agosto, sobre medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, lo que será objeto también de control prioritario a lo largo del año 2023. Será necesario controlar, por los servicios de inspección, el contenido de las cartas de porte y la emisión de las mismas, así como aquellos otros documentos contractuales en los que venga reflejado. Se iniciarán las inspecciones a través de las empresas cargadoras y operadores de transportes, estableciendo el seguimiento de la cadena de empresas implicadas hasta llegar al porteador efectivo de los servicios contratados.

En cuanto al control de la carga y descarga, cuyas reglas sobre la participación en la carga y descarga de las mercancías vienen fijadas por el Real Decreto Ley 3/2022, de 1 de marzo y por el Real Decreto Ley 14/2022, cuya entrada en vigor se produjo en septiembre del año 2022, requerirá el control presencial por parte de los Inspectores de Transportes con la finalidad de proceder al control de la participación de los conductores en las tareas señaladas.

Asimismo, se continuará el control de la deslocalización de las grandes empresas hacia países de la UE con menos costes de explotación de la actividad, que claramente genera una situación de competencia desleal.

Los controles, con el fin de ser más efectivos, se realizarán en aquellos puntos donde se pueda detectar un mayor volumen de actividad de transportes como puede ser los puertos, polígonos industriales, grandes cargadoras, centros logísticos, estaciones de autobuses, etc. atendiendo a la finalidad de cada inspección que se realice. Será prioritaria la realización de los controles en las grandes empresas cargadoras y centros logísticos a lo largo del año 2023 cuando los controles se lleven a cabo por los miembros de la Inspección de Transportes.

Es importante señalar que en la programación inspectora se tiene en cuenta las distintas denuncias provenientes de Asociaciones, Instituciones y de los particulares realizadas en los distintos medios telemáticos implantados en las Administraciones de transporte. En este sentido, cabe destacar que la puesta en marcha este año 2022 del Buzón anónimo de colaboración con la Inspección de Transportes ha supuesto un instrumento muy importante en la planificación de las actuaciones inspectoras. Hasta la fecha, las principales denuncias que se han presentado a través de este Buzón, accesible a través de la web del Ministerio de Transportes, han sido referidas a incumplimiento de los plazos máximos de pago, incumplimiento de la prohibición de carga y descarga y el pago de los precios del transporte sin cubrir los costes.

Los miembros de la inspección de transporte tendrán como actividad prioritaria la sede de las empresas. 

Continuara el control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota a los 474.873 vehículos de transporte que en la actualidad están obligados a llevar tacógrafo en España. Dado que las Directivas europeas imponen a los Estados miembros la obligación de controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo, en el caso de las autoridades de inspección españolas deberán revisarse en 2023 al menos 3.173.513 jornadas de trabajo de los conductores profesionales, de las que en torno a un 50% se controlarán en la sede de las empresas y el otro 50% en carretera. En años anteriores, el mayor porcentaje de infracciones detectadas son las debidas a registros de tiempos de conducción (27%), seguidas de tiempos de descanso (23%), pausas (17%), tiempos de conducción (14%), tacógrafo (12%) y por último faltas de registros (6%).

Con las aportaciones realizadas por las asociaciones de transportistas miembro del Comité Nacional de Transporte por Carretera, así como las observaciones que planteen las Comunidades Autónomas y las Fuerzas de Vigilancia en carretera, se procederá en próximas fechas a la aprobación definitiva del Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera para el próximo año.

Le compartimos un video resumen del artículo.
 



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