Los proveedores de transporte, tanto de pasajeros como de mercancías, deberán informar a los clientes de la cantidad de gases de efecto invernadero (GEI) emitidos durante el transporte.
La norma que entró en vigor en 2013, referida al dióxido de carbono (CO2) fue ampliada posteriormente a otros gases de efecto invernadero.
El artículo L.1431-3 del código de transportes establece que "toda persona que comercialice u organice un servicio de transporte de personas, mercancías o de mudanzas deberá proporcionar al beneficiario del servicio información relativa a la cantidad de gases de efecto invernadero emitidos por el modo o modos de transporte utilizados para prestar este servicio»
Los artículos D. 1431-1 a D. 1431-23 del Código de Transportes establecen los principios de cálculo comunes a todos los modos de transporte (ferroviario, por carretera, fluvial, marítimo, aéreo). Especifican los métodos para informar al beneficiario, así como el calendario de aplicación de las disposiciones.
Francia es el primer país de la Unión Europea en implementar un sistema de información de gases de efecto invernadero (GEI) obligatorio y armonizado.
MEDIOS DE TRANSPORTE AFECTADOS
Todos los medios de transporte están afectados por esta obligación: trenes, aviones, barcos, tranvías, autobuses y autocares, camiones, taxis... Se trata de unas 85.000 empresas, es decir todas aquellas que comercializan u organizan un transporte. servicio de personas o mercancías, agentes de transporte, empresas de mudanzas, agencias de viajes.
CUAL ES EL OBJETIVO DE LA INFORMACION
El objetivo según la publicación del Ministerio de Ecología Frances es informar a los viajeros y las empresas de sus opciones de transporte y guiarlos hacia las soluciones más respetuosas con el medio ambiente.
La aplicación de un método de cálculo, basado en bases comunes a todas las empresas de transporte, permite una comparación fiable entre las diferentes soluciones de movilidad.
COMO COMUNICAR LA INFORMACION
Los transportistas son libres de elegir el medio de comunicación que mejor se adapte a su servicio, siempre que la información sea sincera, clara e inequívoca (cartel, folleto, impresión en el billete, etc.) y siempre que, para el transporte de personas, el usuario tenga la información antes de confirmar su pedido.
La información puede remitirse por correo electrónico, SMS, etc...
COMO SE CALCULAN LAS EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO
El método de cálculo integra las emisiones de GEI sumando:
El cálculo de estas emisiones puede realizarse con la ayuda de la Plataforma EVE, aunque solo está disponible en francés
Plateforme EVE - Programme EVE (eve-transport-logistique.fr)
LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE EXTRANJERAS ESTARAN AFECTADAS
Todos los servicios de transporte con origen y destino en territorio francés. Por tanto, los transportistas extranjeros deben respetar esta obligación e informar a sus clientes. El articulo también dice “una vez adoptadas las disposiciones que lo permitan en el marco de los organismos europeos e internacionales competentes”. Esta por ver si las autoridades francesas consideran adoptadas dichas disposiciones
TRANSPORTES EN TRANSITO
No estarán afectados puesto que el transporte debe tener "sus puntos de origen y destino situados dentro del territorio nacional", de conformidad con el código de transporte
SANCIÓN
El incumplimiento de las obligaciones de información mencionadas será sancionado con multa administrativa cuyo importe no podrá exceder de 3.000 euros.
ENTRADA EN VIGOR
De conformidad con el artículo II del artículo 139 de la ley n° 2021-1104 de 22 de agosto de 2021, estas disposiciones entran en vigor el 1 de enero de 2025.
La norma que entró en vigor en 2013, referida al dióxido de carbono (CO2) fue ampliada posteriormente a otros gases de efecto invernadero.
El artículo L.1431-3 del código de transportes establece que "toda persona que comercialice u organice un servicio de transporte de personas, mercancías o de mudanzas deberá proporcionar al beneficiario del servicio información relativa a la cantidad de gases de efecto invernadero emitidos por el modo o modos de transporte utilizados para prestar este servicio»
Los artículos D. 1431-1 a D. 1431-23 del Código de Transportes establecen los principios de cálculo comunes a todos los modos de transporte (ferroviario, por carretera, fluvial, marítimo, aéreo). Especifican los métodos para informar al beneficiario, así como el calendario de aplicación de las disposiciones.
Francia es el primer país de la Unión Europea en implementar un sistema de información de gases de efecto invernadero (GEI) obligatorio y armonizado.
MEDIOS DE TRANSPORTE AFECTADOS
Todos los medios de transporte están afectados por esta obligación: trenes, aviones, barcos, tranvías, autobuses y autocares, camiones, taxis... Se trata de unas 85.000 empresas, es decir todas aquellas que comercializan u organizan un transporte. servicio de personas o mercancías, agentes de transporte, empresas de mudanzas, agencias de viajes.
CUAL ES EL OBJETIVO DE LA INFORMACION
El objetivo según la publicación del Ministerio de Ecología Frances es informar a los viajeros y las empresas de sus opciones de transporte y guiarlos hacia las soluciones más respetuosas con el medio ambiente.
La aplicación de un método de cálculo, basado en bases comunes a todas las empresas de transporte, permite una comparación fiable entre las diferentes soluciones de movilidad.
COMO COMUNICAR LA INFORMACION
Los transportistas son libres de elegir el medio de comunicación que mejor se adapte a su servicio, siempre que la información sea sincera, clara e inequívoca (cartel, folleto, impresión en el billete, etc.) y siempre que, para el transporte de personas, el usuario tenga la información antes de confirmar su pedido.
La información puede remitirse por correo electrónico, SMS, etc...
COMO SE CALCULAN LAS EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO
El método de cálculo integra las emisiones de GEI sumando:
- Emisiones para producir energía a partir del modo de transporte (combustibles fósiles líquidos, combustibles fósiles gaseosos, electricidad, biocombustibles, etc.);
- Emisiones durante el propio transporte.
El cálculo de estas emisiones puede realizarse con la ayuda de la Plataforma EVE, aunque solo está disponible en francés
Plateforme EVE - Programme EVE (eve-transport-logistique.fr)
LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE EXTRANJERAS ESTARAN AFECTADAS
Todos los servicios de transporte con origen y destino en territorio francés. Por tanto, los transportistas extranjeros deben respetar esta obligación e informar a sus clientes. El articulo también dice “una vez adoptadas las disposiciones que lo permitan en el marco de los organismos europeos e internacionales competentes”. Esta por ver si las autoridades francesas consideran adoptadas dichas disposiciones
TRANSPORTES EN TRANSITO
No estarán afectados puesto que el transporte debe tener "sus puntos de origen y destino situados dentro del territorio nacional", de conformidad con el código de transporte
SANCIÓN
El incumplimiento de las obligaciones de información mencionadas será sancionado con multa administrativa cuyo importe no podrá exceder de 3.000 euros.
ENTRADA EN VIGOR
De conformidad con el artículo II del artículo 139 de la ley n° 2021-1104 de 22 de agosto de 2021, estas disposiciones entran en vigor el 1 de enero de 2025.