El pasado miércoles 26 de febrero, se publicó en el BOE la RESOLUCIÓN INT/383/2020, de 13 de febrero del Servicio Catalán de Tráfico, mediante la cual se establecen las restricciones a la circulación en Cataluña para el 2020.

Esta nueva Resolución mantiene las mismas fechas y los mismos tramos afectados que en resoluciones anteriores.
La gran novedad establecida para el año 2020 consiste en excluir del apartado de exenciones a la prohibición de circulación de determinados productos perecederos, los transportes de frutas y verduras, que sí estaban catalogados como exenciones a las restricciones impuestas.

Restricciones a la circulación de camiones en Cataluña 2020

Con carácter general, se mantiene las siguientes restricciones para los vehículos y conjuntos de vehículos de más de 7.500 kilos de masa máxima autorizada:
  • Todos los sábados de 10:00 a 14:00 horas en Barcelona, en la Nacional II, del kilómetro 630 al 682, en ambos sentidos.
 
  • Todos los domingos y festivos, de 17:00 a 22:00 horas, en Barcelona, en ambos sentidos en la Nacional II, del kilómetro 630 al 682, en la N340, de Villafranca del Penedés a Cervelló y en la N-340 de Cervelló a Quatre Camins.
 
  • Todos los sábados de julio, de 10:00/11:00 horas a 14:00 horas y todos los domingos de julio, de 17:00 a 22:00 horas en determinadas carreteras catalanas
 
  • Todos los sábados, del 11 de julio al 5 de septiembre en la N240 del kilómetro 87 (Lérida) al 69 Les Borges Blanques, sentido Tarragona.
 
  • Se mantiene la prohibición de circulación en las carreteras nacionales NII, N-340 y N-340 y sus desvíos obligatorios a las autopistas de peaje AP-7 y AP-2 a los camiones de cuatro o más ejes en las carreteras durante todos los días del año.
 
  • Restricciones en determinados días festivos (semana santa, puente del Pilar y puente de la Constitución, entre otros) así como para los transportes de mercancías peligrosas y perecederas.

Las restricciones a la circulación de camiones en Cataluña pueden consultarse en el siguiente enlace:
 
RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN DE CAMIONES EN CATALUÑA

El pasado miércoles 26 de febrero, se publicó en el BOE la RESOLUCIÓN INT/383/2020, de 13 de febrero del Servicio Catalán de Tráfico, mediante la cual se establecen las restricciones a la circulación en Cataluña para el 2020.

Esta nueva Resolución mantiene las mismas fechas y los mismos tramos afectados que en resoluciones anteriores.

La gran novedad establecida para el año 2020 consiste en excluir del apartado de exenciones a la prohibición de circulación de determinados productos perecederos, los transportes de frutas y verduras, que sí estaban catalogados como exenciones a las restricciones impuestas.

Restricciones a la circulación de camiones en Cataluña 2020

Con carácter general, se mantiene las siguientes restricciones para los vehículos y conjuntos de vehículos de más de 7.500 kilos de masa máxima autorizada:
  • Todos los sábados de 10:00 a 14:00 horas en Barcelona, en la Nacional II, del kilómetro 630 al 682, en ambos sentidos.
 
  • Todos los domingos y festivos, de 17:00 a 22:00 horas, en Barcelona, en ambos sentidos en la Nacional II, del kilómetro 630 al 682, en la N340, de Villafranca del Penedés a Cervelló y en la N-340 de Cervelló a Quatre Camins.
 
  • Todos los sábados de julio, de 10:00/11:00 horas a 14:00 horas y todos los domingos de julio, de 17:00 a 22:00 horas en determinadas carreteras catalanas
 
  • Todos los sábados, del 11 de julio al 5 de septiembre en la N240 del kilómetro 87 (Lérida) al 69 Les Borges Blanques, sentido Tarragona.
 
  • Se mantiene la prohibición de circulación en las carreteras nacionales NII, N-340 y N-340 y sus desvíos obligatorios a las autopistas de peaje AP-7 y AP-2 a los camiones de cuatro o más ejes en las carreteras durante todos los días del año.
 
  • Restricciones en determinados días festivos (semana santa, puente del Pilar y puente de la Constitución, entre otros) así como para los transportes de mercancías peligrosas y perecederas.

Las restricciones a la circulación de camiones en Cataluña pueden consultarse en el siguiente enlace:
 


 
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