CATALUNYA ELIMINA LAS RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS PERECEDERAS, FRUTAS Y VERDURAS
 
El Servicio Catalán de Tráfico ha publicado la Resolución INT/551/2020, de 26 de febrero, por la que se modifican las restricciones a la circulación en Catalunya para el año 2020, aprobadas mediante resolución el pasado mes de febrero.

En la primera resolución, la Resolución INT/383/2020 de 13 de febrero, el Servicio Catalán de Tráfico establecía que el transporte de frutas y verduras, que en años anteriores sí tenía permitido su transporte en Cataluña sin restricciones, se enfrentaba en 2020 en territorio catalán a las mismas limitaciones que el resto del transporte de mercancías por carretera.

Mediante esta modificación, el Servicio Catalán de Tráfico rectifica e incluye el transporte de mercancía perecedera en las excepciones a las restricciones. Se incluyen las frutas y verduras frescas y los productos perecederos que tienen que ir a temperatura controlada según el anexo 3 del ATP (legumbres, cebollas, patatas, ajos, flores cortadas o en maceta, miel y cadáveres de animales).
 
 
 
 
Facebook Twitter LinkedIn WhatsApp
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y razones técnicas, para mejorar tu experiencia de navegación, para almacenar tus preferencias y, opcionalmente, para mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias mediante el análisis de tus hábitos de navegación. Hemos incluido algunas opciones de configuración que te permiten decirnos exactamente las cookies que prefieres y las que no. Pulsa ACEPTAR para consentir todas las cookies. Pulsa CONFIGURACIÓN para decidir las opciones que prefieres. Para obtener más información sobre nuestras cookies accede a nuestra Política de cookies aquí: Más información
Aceptar Rechazar Gestionar Cookies