El 24 de marzo de 2020 se publicaba en el Diario oficial de la Unión Europea, COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN sobre la puesta en marcha de los «carriles verdes» en el marco de las Directrices sobre medidas de gestión de fronteras para proteger la salud y garantizar la disponibilidad de los bienes y de los servicios esenciales, que fijaba unas recomendaciones para asegurar la libre circulación de mercancías y en su anexo III, establecía un modelo de certificado para los trabajadores de transporte internacional. “Si fuera necesario, por ejemplo, a falta de un certificado profesional reconocido internacionalmente (por ejemplo, de conductor de camioneta) o en caso de que el certificado haya caducado, los Estados miembros podrán exigir una carta del empleador para considerar que actúa de buena fe, junto con los documentos de identificación adecuados, para permitirle cruzar la frontera interior en el ejercicio de su profesión. La Comisión ayuda en este proceso facilitando un modelo de carta (anexo 3).”

Pese a que dicho certificado tampoco se establece como obligatorio sino para suplir las posibles faltas de documentación de los conductores (debido a la excepcional situación), y que este certificado debía ser el que se solicitara a los transportistas, en la práctica muchos países han emitido y exigido a los transportistas de mercancías, sus propios certificados.

Finalmente, el Ministerio del Interior Francés ha publicado en su página web la documentación necesaria para el desplazamiento de los transportistas internacionales:
  • El modelo europeo para los trabajadores del sector transporte. No sería necesario completar el modelo de certificado profesional emitido por el Gobierno francés.
 
Adjuntamos el modelo europeo:
 

Certificado trabajadores del transporte internacional

Aclaran también las autoridades francesas, a través de la página web del Ministerio del Interior, que los transportistas que provengan de determinados países necesitarán documentación adicional, es el caso de los que accedan a Francia directamente por vía marítima desde Irlanda y Reino Unido, que deberán llevar:
  1. El resultado de un test negativo realizado con una antelación máxima de 72 horas.
 
          2. El certificado europeo para los trabajadores del sector del transporte internacional
 
        3. Una declaración sobre el honor que certifica :
 
  • Que no presenta síntomas de infección de Covid
 
  • Que no tiene conocimiento de haber estado en contacto con un caso confirmado de Covid en los 14 días anteriores al viaje
 
  • Que acepta ser sometido a un test a su llegada a Francia
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Puede ampliar la información en:
 
 
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