Las restricciones a la circulación de la DGT son para todo el territorio nacional excepto para las Comunidades Autónomas de Cataluña y País Vasco que por tener transferidas las competencias en materia de tráfico pueden aplicar sus propias restricciones.

Los vehículos afectados por las restricciones temporales de circulación de la DGT, son los siguientes:
 
  • Vehículos de transporte de mercancías en general de más de 7.500 Kg de masa máxima autorizada o de conjunto.
  • Vehículos de transporte de mercancías peligrosas que deban llevar paneles naranjas de señalización de peligro según ADR.
  • Vehículos especiales y vehículos que precisen autorización complementaria de circulación.

*Recuerde que encontramos algunas excepciones que permiten a ciertos vehículos de estas categorías circular
 
RESTRICCIONES


























 
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