En el diario oficial francés de 2 de febrero de 2022 se publicó el decreto 2022-104 de 1 de febrero relativo a las empresas de transporte terrestre que desplazan trabajadores a Francia, que entraba en vigor el mismo día 2.
Este decreto transpone la Directiva 2020/1057 (UE) de 15 de julio de 2020 y establece las condiciones en las que se redacta y transmite la declaración de desplazamiento a través del formulario multilingüe estándar de la interfaz pública (IMI). También determina la lista de documentos a presentar o transmitir y especifica los métodos de control, así como las diversas sanciones aplicables.
La declaración incluirá la siguiente información:
La empresa debe asegurarse de que el conductor tenga a su disposición, en papel o en formato electrónico, los siguientes documentos:
La empresa debe transmitir a petición de los agentes de inspección los documentos requeridos que pueden ser:
Sanciones
La falta de certificado de desplazamiento se sancionará con 135 €, y no responder a un requerimiento de las autoridades con 1.500 €.
En el sitio web del ministerio de transporte francés, estará disponible la información relativa a las condiciones de trabajo, empleo y remuneración de los trabajadores móviles desplazados.
Puede ampliar la información:
Este decreto transpone la Directiva 2020/1057 (UE) de 15 de julio de 2020 y establece las condiciones en las que se redacta y transmite la declaración de desplazamiento a través del formulario multilingüe estándar de la interfaz pública (IMI). También determina la lista de documentos a presentar o transmitir y especifica los métodos de control, así como las diversas sanciones aplicables.
La declaración incluirá la siguiente información:
- 1° La identidad de la empresa de transporte, al menos en forma del número de la licencia comunitaria, si la tuviere;
- 2° Los datos de contacto de un gestor de transporte u otra persona de contacto en el Estado de establecimiento responsable de servir de enlace con las autoridades nacionales competentes y de transmitir y recibir documentos o notificaciones;
- 3° La identidad del conductor, domicilio de residencia y número de licencia de conducir;
- 4° La fecha de inicio del contrato de trabajo del conductor, y la ley aplicable a este contrato;
- 5° Las fechas previstas para el inicio y término de la adscripción;
- 6° La matrícula de los vehículos;
- 7° Especificación de la naturaleza del transporte de que se trate: transporte de mercancías, transporte de personas, transporte internacional o transporte de cabotaje.
A efectos de control, la empresa debe mantener actualizadas las declaraciones de desplazamiento en “IMI”.La empresa debe asegurarse de que el conductor tenga a su disposición, en papel o en formato electrónico, los siguientes documentos:
- 1° Una copia de la declaración de desplazamiento.
- 2° Prueba de operaciones de transporte realizadas en territorio nacional, como carta de porte electrónica (e-CMR) o la prueba a que se refiere el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 1072/2009 3.
- 3° Los registros del tacógrafo y, en particular, los símbolos de país de los Estados miembros en los que el conductor estaba presente cuando realizaba operaciones de transporte internacional por carretera o transporte de cabotaje, de conformidad con los requisitos de registro y conservación de registros previstos en los Reglamentos (CE) No. 561/2006 y (UE) No. 165/2014.
La empresa debe transmitir a petición de los agentes de inspección los documentos requeridos que pueden ser:
- El contrato de trabajo
- Las nóminas correspondientes al período de desplazamiento y que contenga la siguiente información:
- Salario bruto por hora, incluido el pago de horas extraordinarias
- Periodo y horas de trabajo a que se refiere el salario, distinguiendo entre las horas pagadas a la tarifa normal y las que implican un aumento;
- Vacaciones y festivos
- Cualquier documento que acredite el pago efectivo del salario.
Sanciones
La falta de certificado de desplazamiento se sancionará con 135 €, y no responder a un requerimiento de las autoridades con 1.500 €.
En el sitio web del ministerio de transporte francés, estará disponible la información relativa a las condiciones de trabajo, empleo y remuneración de los trabajadores móviles desplazados.
Puede ampliar la información: