El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la nulidad de la Norma Foral 7/2016, de 15 de diciembre, por la que se regula el canon de utilización de determinados tramos de las carreteras de alta capacidad A-15 y N-1 del Territorio Histórico de Gipuzkoa y desestima de este modo el recurso de casación interpuesto por la Diputación Foral y las Juntas Generales guipuzcoanas.

En abril de 2018 el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ( TSJPV) declaró ilegal el peaje a camiones en la N-1 y la A-15 puesto en marcha en enero de 2018, pese a ello la Diputación de Gipuzkoa ha continuado exigiendo el cobro a los más de 10.000 camiones que diariamente transitan por ambas vías, bajo el pretexto que dicha decisión no era firme hasta la sentencia del Tribunal Supremo, conocida ahora.

Por otro lado, la Diputación de Gipuzkoa dictó la noma 6/2018, que sustituía a la anterior y que también fue declarada ilegal por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, y que está todavía a la espera de la sentencia del Tribunal Supremo.

El sistema de cobro del peaje sobre la N-I y la A-15, que aún se mantiene en vigor, está basado en unos pórticos de control situados a lo largo de la carretera, evitando que los vehículos tengan que detenerse para hacer el pago. Se denunciaron numerosos casos de cobros indebidos a categorías de vehículos no sujetos al pago del peaje, como era el caso de vehículos de tonelaje inferior a 3’5 toneladas, o incluso de los camiones entre 12 y 3’5 toneladas que pese a estar sujetos al cobro de peaje, su tarifa es inferior a la de los camiones de tonelaje superior.

Por otra parte, se denuncian también los métodos de notificación de deudas por presuntos impagos de peajes.

La sentencia del Supremo abre la puerta a que los transportistas puedan recuperar todo el importe "indebidamente" recaudado al haber sido declarados nulos los citados peajes, más los correspondientes intereses legales de demora, y las posibles sanciones que hubieran podido ser impuestas.

Por este motivo y mientras estudiamos las posibles vías para la reclamación de los importes indebidamente abonados, desde ASG Trans recomendamos recopilar los justificantes de pago de los peajes, e iniciaremos los trámites para solicitar la devolución de las sanciones por impago de estos peajes de las que tenemos constancia, al objeto de poder resarcir a nuestros clientes de estas cantidades.

Gipuzkoa ha declarado ingresos superiores a los 6 millones de euros anuales por estos peajes en autovías que el Supremo ya ha considerado ilegales.

Adjuntamos la Sentencia del Tribunal Supremo: 

SENTENCIA TS
 
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