La Subdirección General de Inspección de Transporte Terrestre, responsable del control del transporte de mercancías por carretera, ha publicado una nueva versión del Baremo Sancionador, documento en el que se recogen las infracciones sobre los incumplimientos de la normativa de transporte, junto con sus correspondientes sanciones.
Esta nueva versión del Baremo Sancionador incluye las sanciones por la prohibición (con algunas excepciones) de que el conductor realice la carga y descarga, aprobado en el Real Decreto Ley 3/2022, y las sanciones por pagos por debajo del coste del transporte, introducidas en la denominada Ley de la Cadena del Transporte, recogida en el Real Decreto Ley 14/2022.
Estas novedades se unen a los cambios introducidos en el Baremo Sancionador en los dieciocho meses anteriores, debido tanto a la modificación de la normativa europea que regula el transporte por carretera, (como el primer Paquete de Movilidad, aprobado el verano de 2020), como en la legislación española, con la modificación, de la LOTT (Ley de Ordenación del Transporte Terrestre) para introducir tipos infractores que sancionen la morosidad en el transporte. Precisamente respecto al incumplimiento de los plazos de pago se han iniciado a empresas de transportes que actúan como operadores, varios expedientes sancionadores.
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Esta nueva versión del Baremo Sancionador incluye las sanciones por la prohibición (con algunas excepciones) de que el conductor realice la carga y descarga, aprobado en el Real Decreto Ley 3/2022, y las sanciones por pagos por debajo del coste del transporte, introducidas en la denominada Ley de la Cadena del Transporte, recogida en el Real Decreto Ley 14/2022.
Estas novedades se unen a los cambios introducidos en el Baremo Sancionador en los dieciocho meses anteriores, debido tanto a la modificación de la normativa europea que regula el transporte por carretera, (como el primer Paquete de Movilidad, aprobado el verano de 2020), como en la legislación española, con la modificación, de la LOTT (Ley de Ordenación del Transporte Terrestre) para introducir tipos infractores que sancionen la morosidad en el transporte. Precisamente respecto al incumplimiento de los plazos de pago se han iniciado a empresas de transportes que actúan como operadores, varios expedientes sancionadores.
CÓDIGO | CONCEPTO | NORMA INFRINGIDA |
NORMA SANCIONADORA |
P.SANCIONADOR | CUANTIA DE LA SANCION |
EB01.04 | El incumplimiento del límite máximo legal de pago del precio del transporte cuando este sea superior a 6,000 € |
Ley 3/2004 | Articulo 140,40 | 143,1 | 4.001 € cargador |
EB01.05 | El incumplimiento del límite máximo legal de pago del precio del transporte este comprendido entre los 4,001 € y los 6,000 € |
Ley 3/2004 | Articulo 140,40 | 143,1 | 2.001 € cargador |
EB01.06 | El incumplimiento del límite máximo legal de pago del precio del transporte cuando este comprendido entre los 3,001 € y los 4,000 € |
Ley 3/2004 | Articulo 140,40 | 143,1 | 1.001 € cargador |
EB01.07 | El incumplimiento del límite máximo legal de pago del precio del transporte cuando este sea superior a 6,000 € y afecte significativamente a la capacidad y solvencia economica del acreedor |
Ley 3/2004 | Articulo 140,40 | 143,1 | 30.000 € cargador |
EB01.08 | El incumplimiento del límite máximo legal de pago del precio del transporte cuando este comprendido entre los 4,001 € y los 6,000 € afecte significativamente a la capacidad y solvencia economica del acreedor |
Ley 3/2004 | Articulo 140,40 | 143,1 | 20.000 € cargador |
EB01.09 | El incumplimiento del límite máximo legal de pago del precio del transporte cuando este comprendido entre los 3,001 € y los 4,000 € afecte significativamente a la capacidad y solvencia economica del acreedor |
Ley 3/2004 | Articulo 140,40 | 143,1 | 10.000 € cargador |
EB01.10 | El incumplimiento del límite máximo legal de pago del precio del transporte cuando este sea superior a 6,000 € y se haya seuperado en mas de 120 dias el plazo maximo legal previsto |
Ley 3/2004 | Articulo 140,40 | 143,1 | 30.000 € Cargador |
EB02.04 | El incumplimiento del límite máximo legal de pago del precio del transporte este comprendido entre los 1,501 € y los 3,000 € |
Ley 3/2004 | Articulo 141,26 | 143.1 | 801 € Cargador |
EB02.05 | El incumplimiento del límite máximo legal de pago del precio del transporte este comprendido entre los 1,000 € y los 1,500 € |
Ley 3/2004 | Articulo 141,26 | 143,1 | 601 € cargador |
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