El 1 de enero entrará en vigor en Alemania la Ley que establece el salario mínimo en 8,50 €/ hora.
Esta norma se aplicará tanto a los empresarios que tienen su sede en Alemania como en el extranjero y el salario mínimo se aplica a todos los tipos de transporte realizados sobre el territorio alemán (Tránsito / cabotaje / tráfico transfronterizo).
Entienden las autoridades alemanas que el salario mínimo es una norma imperativa internacional en el sentido del Art. 9 del Reglamento Roma I y por tanto es aplicable a cualquier trabajador que preste servicios en Alemania.
Se establece la obligatoriedad de notificar a las autoridades de aduanas, (la administración aduanera competente es el Bundesfinanzdirektion West, Worthstrasse 1-3, 50668 Colonia, Alemania), por escrito y en alemán los datos relativos a los conductores que prestan servicios en Alemania.
Según informan las autoridades alemanas, a partir del día 20 de diciembre estarán disponibles los formularios que deben rellenarse y remitir a Aduanas para acreditar que se cumple con el salario mínimo.
Se trata de información esencial sobre:
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Nombre, apellido y fecha de nacimiento de las personas empleadas
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El inicio y la duración prevista del transporte sobre el territorio alemán
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El lugar de trabajo
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Dirección de conservación de los documentos.
Todavía hay muchas dudas sobre la aplicación de esta ley, dudas a las que las propias autoridades que deben aplicarla no saben responder, por lo que iremos informando conforme se aclaren los detalles sobre los datos que deben comunicarse y la forma de aplicar la norma.