La Dirección General de Tráfico (DGT) levantó el sábado las restricciones preventivas a la circulación de camiones de más de 7,5 toneladas en la red viaria nacional, impuestas por el paso de la borrasca Ingrid, tras el fuerte malestar generado en el sector del transporte. La medida había provocado el embolsamiento de miles de camioneros en distintas carreteras del país, muchos de ellos en zonas donde finalmente no se produjeron nevadas significativas.
Durante la noche del viernes y la mañana del sábado, Tráfico fue retirando progresivamente las prohibiciones en carreteras de Castilla y León, Galicia, Asturias, Madrid y otras provincias como León y Zamora, permitiendo reanudar la marcha a más de 2.000 transportistas que habían pasado la noche retenidos en áreas de servicio y arcenes. No obstante, la DGT ha advertido de que, si las condiciones meteorológicas empeoran, volverá a actuar mediante embolsamientos puntuales, el procedimiento habitual en episodios de nieve.
Las asociaciones de transportistas calificaron la decisión inicial de “desproporcionada y precipitada”, denunciando que se paralizó la actividad en más de 3.000 kilómetros de carreteras sin que existiera un riesgo real para la circulación.
Por su parte el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible aprobó una resolución excepcional para paliar los efectos del bloqueo sufrido por el transporte de mercancías. Mediante resolución de 23 de enero de 2026, la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril que autoriza con carácter temporal, la flexibilización de los tiempos de conducción y descanso previstos en el Reglamento (CE) nº 561/2006.
Esta excepción permite:
La medida se aplicará exclusivamente a los vehículos afectados por las prohibiciones de circulación establecidas entre los días 23 y 25 de enero, y estará vigente hasta el levantamiento total de dichas restricciones por parte de la DGT.
Desde el sector se valora positivamente esta flexibilización, aunque insisten en que la planificación y gestión de los episodios meteorológicos adversos debe realizarse con mayor proporcionalidad y atendiendo a la situación real de las vías, para evitar bloqueos generalizados y perjuicios innecesarios al transporte y al abastecimiento de mercancías esenciales.
> Documento oficial de la Resolución (23/01/2026)
Durante la noche del viernes y la mañana del sábado, Tráfico fue retirando progresivamente las prohibiciones en carreteras de Castilla y León, Galicia, Asturias, Madrid y otras provincias como León y Zamora, permitiendo reanudar la marcha a más de 2.000 transportistas que habían pasado la noche retenidos en áreas de servicio y arcenes. No obstante, la DGT ha advertido de que, si las condiciones meteorológicas empeoran, volverá a actuar mediante embolsamientos puntuales, el procedimiento habitual en episodios de nieve.
Las asociaciones de transportistas calificaron la decisión inicial de “desproporcionada y precipitada”, denunciando que se paralizó la actividad en más de 3.000 kilómetros de carreteras sin que existiera un riesgo real para la circulación.
Por su parte el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible aprobó una resolución excepcional para paliar los efectos del bloqueo sufrido por el transporte de mercancías. Mediante resolución de 23 de enero de 2026, la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril que autoriza con carácter temporal, la flexibilización de los tiempos de conducción y descanso previstos en el Reglamento (CE) nº 561/2006.
Esta excepción permite:
- Ampliar el tiempo máximo de conducción diaria de 9 a 11 horas hasta dos veces por semana.
- Elevar el límite de conducción semanal a 60 horas y el bisemanal a 96 horas.
- Reducir el descanso diario mínimo de 11 a 9 horas.
Desde el sector se valora positivamente esta flexibilización, aunque insisten en que la planificación y gestión de los episodios meteorológicos adversos debe realizarse con mayor proporcionalidad y atendiendo a la situación real de las vías, para evitar bloqueos generalizados y perjuicios innecesarios al transporte y al abastecimiento de mercancías esenciales.
> Documento oficial de la Resolución (23/01/2026)