Restricciones DGT a vehículos pesados para 2026
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 14 de enero de 2026, por la que se establecen las medidas especiales de regulación del tráfico durante todo el año 2026, con especial incidencia en la circulación de vehículos pesados de más de 7.500 kg, transportes especiales y mercancías peligrosas.

Están exceptuadas las comunidades de Cataluña, País Vasco y Navarra que tienen competencias en cuanto a restricciones de circulación.

Estas restricciones, tienen como objetivo mejorar la seguridad vial y la fluidez del tráfico en los periodos de mayor intensidad circulatoria, especialmente durante fines de semana, festivos, operaciones especiales y meses estivales.

Principales restricciones para vehículos pesados

La resolución establece la prohibición de circulación de camiones y conjuntos de vehículos de más de 7.500 kg de MMA en determinados días, franjas horarias y tramos de carretera, que se detallan en los anexos del texto oficial. Estas limitaciones afectan de forma especial a:
  • Fines de semana y festivos, especialmente en verano.
  • Operaciones especiales de tráfico como Semana Santa, 1 de mayo, verano y Navidad.
  • Vías de acceso y salida a grandes núcleos urbanos y zonas turísticas.
  • Carreteras con elevada siniestralidad o alta concentración de tráfico.
 
El calendario de 2026 mantiene la línea de años anteriores, aunque con ajustes puntuales en fechas, horarios y tramos concretos, lo que obliga a las empresas de transporte a planificar con antelación sus rutas y horarios.

Excepciones a las prohibiciones

La normativa contempla una serie de exenciones, entre las que destacan:
  • Transporte de mercancías perecederas, ganado vivo y productos de primera necesidad.
  • Vehículos de auxilio en carretera.
  • Transporte postal universal.
  • Vehículos que, por razón de origen o destino, no dispongan de itinerario alternativo razonable.
 
Asimismo, los transportes de mercancías peligrosas deberán ajustarse tanto a las restricciones horarias como a los itinerarios obligatorios (RIMP), salvo en los supuestos expresamente exceptuados.

La resolución estará en vigor durante todo el año 2026, quedando prorrogada hasta la publicación de la correspondiente normativa para 2027.
 
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