EL 28 DE FEBRERO FINALIZA EL PERIODO DE CONCIENCIACIÓN PARA LA SUSTITUCIÓN DE TACÓGRAFOS DEDICADOS AL TRANSPORTE INTERNACIONAL
Los Estados-miembro de la Unión Europea establecieron un período de concienciación de dos meses adicionales sobre la disposición de obligación de adaptación, en los vehículos que circulan por Estados de la UE distintos a su país de matriculación y que no están equipados con un tacógrafo analógico o digital no inteligente, a la obligación de estar equipados con un tacógrafo inteligente de segunda generación. Los dos meses adicionales se iniciaban el 31 de diciembre de 2024 y finalizan el 28 de febrero de 2025.

Así se decidió en la reunión del Comité de Transporte Terrestre de la Comisión Europea del 18 de diciembre, donde se informó de la problemática existente en algunos países en cuanto al suministro y abastecimiento de algunos componentes para sustituir los tacógrafos analógicos y digitales por tacógrafos inteligentes de segunda generación, cuya obligación estaba establecida para el pasado 31 de diciembre de 2024.

Por lo tanto, a partir del día 1 de marzo, los conductores ya podrán ser sancionados por incumplimiento del artículo 3, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º 165/2014.

Los tacógrafos inteligentes de segunda generación incorporan avances con respecto a versiones anteriores tanto en funcionalidad como en tecnología, mejorando la conectividad, la precisión de los datos registrados o la protección contra manipulaciones.
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