La futura Ley Antitabaco permitirá fumar al conductor profesional cuando viaje solo, según aclara Sanidad
La reforma de la Ley Antitabaco ha generado una importante preocupación en el sector del transporte por carretera ante la posibilidad de que se prohibiera fumar de forma absoluta en las cabinas de camiones y furgonetas de trabajo.

Sin embargo, el Ministerio de Sanidad ha aclarado que la intención de la norma no es impedir que un conductor profesional fume cuando se encuentre solo en el vehículo, sino proteger a los demás ocupantes frente a la exposición al humo del tabaco.

¿Qué dice el proyecto de ley?

El texto aprobado por el Consejo de ministros amplía los espacios libres de humo e incluye entre ellos los "vehículos de uso laboral, salvo durante su uso exclusivamente personal".

Esta redacción generó numerosas dudas en el sector, ya que podía interpretarse que cualquier camión o furgoneta de empresa quedaba sujeto a una prohibición total de fumar, incluso cuando el conductor realizara el servicio en solitario.

La aclaración del Ministerio de Sanidad

Ante la incertidumbre, diversas organizaciones del transporte solicitaron una interpretación oficial.

Según ha confirmado el Ministerio de Sanidad, la prohibición pretende evitar la exposición al humo de terceras personas, por lo que un conductor profesional podrá fumar cuando viaje solo en la cabina. En cambio, no estará permitido hacerlo cuando el vehículo vaya ocupado por otro conductor, un alumno, un acompañante o cualquier otra persona.

La reforma todavía se encuentra en fase de tramitación parlamentaria y deberá ser aprobada por las Cortes Generales antes de su entrada en vigor. Además, durante su tramitación el texto puede sufrir modificaciones.

Por ello, la regulación definitiva dependerá de la redacción que finalmente apruebe el legislador.

¿Qué supone para las empresas de transporte?

Si la ley se aprueba en los términos interpretados por el Ministerio de Sanidad, la situación sería la siguiente:
 
  • El conductor podrá fumar cuando realice el servicio completamente solo.
  • Estará prohibido fumar cuando exista cualquier otro ocupante en el vehículo.
  • Las empresas deberán adaptar sus políticas internas para garantizar el cumplimiento de la normativa cuando los vehículos sean utilizados por más de una persona.

Recomendamos no dar por definitiva ninguna interpretación hasta que la ley sea aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado, ya que el texto aún puede experimentar cambios durante su tramitación parlamentaria.
 
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