En el último mes ASG Trans ha podido constatar el importante volumen de notificaciones de denuncia por exceso de velocidad que están recibiendo los transportistas españoles. Este volumen se debe  a una campaña intensiva de control del cumplimiento de los límites de velocidad que se está realizando en Francia tanto en vías interurbanas como en travesías, utilizando para ello como apoyo a la red de radares automáticos a los dispositivos instalados sobre los semáforos.

Hasta ahora si un vehículo con matrícula extranjera era detectado por un radar con exceso de velocidad  en Francia y no se detenía al conductor inmediatamente después de la comisión de la infracción, esta no se notificaba posteriormente al  titular. Pero como advertimos esto ha cambiado recientemente y los transportistas españoles están recibiendo por correo ordinario en el domicilio del titular del vehículo, notificaciones de multa.

El margen de error que permiten las autoridades francesas respecto de los límites de velocidad establecidos es del 5% en el caso de radares fijos y del 10% en el caso de radares móviles, sancionando cualquier incumplimiento que supere dicho margen proporcionalmente al exceso cometido. En la mayor parte de los casos se trata de excesos de velocidad inferiores a 20 km/hora.

La regulación penal francesa establece, en todo caso, la posibilidad de impugnar la multa impuesta tanto en el supuesto de que el vehículo no esté bajo la disposición de su titular (por ejemplo, en caso de venta, robo o destrucción del mismo) o por cualquier otra causa. En el supuesto que se quiera recurrir la sanción debe abonar un depósito en garantía cuyo importe será el establecido para la multa sin descuento. También es posible solicitar las imágenes que acrediten la comisión de la infracción, pero dicha petición no paraliza los plazos.

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