La nueva Orden PJC/528/2026 impulsa la ITV digital y actualiza los requisitos de neumáticos para vehículos ligeros y pesados
La publicación de la Orden PJC/528/2026, de 26 de mayo, supone una importante actualización de la normativa española en materia de homologación, matriculación e inspección técnica de vehículos. La norma introduce avances en la digitalización de los procedimientos administrativos y adapta diversos requisitos técnicos a la evolución de la reglamentación europea.

Entre las novedades más destacadas se encuentran la implantación obligatoria de la tarjeta ITV electrónica para determinadas categorías de vehículos y la modificación de los requisitos aplicables a los neumáticos, especialmente en lo relativo a la profundidad mínima del dibujo y a los neumáticos de invierno.

Avance definitivo hacia la ITV digital


Uno de los cambios más relevantes es la obligatoriedad de emitir en formato electrónico las tarjetas ITV correspondientes a vehículos de las categorías M, N y O, así como a los vehículos de categoría L, mediante los modelos A, B, C y D y sus equivalentes para motocicletas y ciclomotores. La medida forma parte del proceso de digitalización de las relaciones entre fabricantes y Administraciones Públicas, reduciendo cargas administrativas y simplificando la gestión documental.

La nueva regulación también elimina la obligación de remitir duplicados de las tarjetas ITV electrónicas a distintos organismos, centralizando la gestión y facilitando el intercambio telemático de información entre fabricantes y la Dirección General de Tráfico.

No obstante, la norma establece un periodo transitorio que permitirá la emisión de determinadas tarjetas ITV en papel hasta el 31 de diciembre de 2026.

Nueva profundidad mínima para neumáticos de vehículos pesados

La Orden modifica el Anexo VII del Reglamento General de Vehículos introduciendo una diferenciación entre vehículos ligeros y pesados respecto a la profundidad mínima exigida en las ranuras principales de la banda de rodadura.

Para los vehículos de las categorías M1, N1, O1 y O2 se mantiene la profundidad mínima actualmente conocida de 1,6 milímetros.
Sin embargo, para los vehículos pesados de las categorías M2, M3, N2, N3, O3 y O4 se establece una profundidad mínima de 1,0 milímetros en las ranuras principales del neumático durante toda su utilización en vías públicas. Según recoge la propia Orden, esta modificación busca alinearse con los requisitos vigentes en otros países del entorno europeo.

La norma también aclara qué debe entenderse por “ranuras principales”, definiéndolas como las ranuras longitudinales y transversales que forman parte del dibujo principal de la banda de rodadura y que disponen de indicadores de desgaste en los neumáticos de categoría C1.
Asimismo, se establece una excepción específica para determinados vehículos históricos que equipen neumáticos originales con características distintas a las actualmente exigidas.

Nuevas reglas para neumáticos de invierno y uso profesional

La actualización normativa redefine el concepto de neumático especial y adapta la regulación a los criterios europeos más recientes.
A partir de ahora tendrán consideración de neumáticos especiales aquellos identificados con el marcaje M+S (o equivalentes) junto con el pictograma 3PMSF (Three Peak Mountain Snow Flake), que certifica su aptitud para condiciones severas de nieve. También se incluyen los neumáticos profesionales de uso off-road identificados con el marcaje POR.

La Orden introduce además requisitos específicos para cumplir las restricciones de movilidad invernal:
 
  • Los vehículos con una masa máxima autorizada (MMA) igual o inferior a 3.500 kg deberán equipar neumáticos certificados 3PMSF en todos sus ejes cuando circulen en zonas o periodos sujetos a restricciones invernales.
  • Los vehículos con MMA superior a 3.500 kg deberán disponer, al menos, de neumáticos 3PMSF o POR en el eje de dirección y en los ejes motrices.

Fuera de los periodos o zonas afectadas por restricciones invernales, la norma permite combinar diferentes tipos de neumáticos entre ejes.

Más cambios en clasificación y matriculación

La Orden también incorpora un nuevo código específico para los ciclos de motor (categoría L1e-A), que hasta ahora carecían de clasificación propia dentro del Reglamento General de Vehículos. Además, corrige errores detectados en las dimensiones reglamentarias de determinadas placas de matrícula para ciclomotores y cuatriciclos.

Una adaptación a la normativa europea

Con esta actualización, el Gobierno adapta la normativa española a los últimos reglamentos europeos en materia de homologación, seguridad vial y digitalización administrativa. Las modificaciones afectan tanto a fabricantes como a operadores del transporte, talleres, estaciones ITV y usuarios de vehículos, especialmente en lo referente al control del estado de los neumáticos y a la gestión electrónica de la documentación técnica.
 
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